El Encuentro Estatal de Colectivos de Memoria Histórica y de Víctimas del Franquismo, demanda al Gobierno del Estado y al Congreso de los Diputados la
aprobación de una “Ley de memoria democrática que ponga fin a la impunidad del Franquismo” y que garantice los derechos a la verdad, justicia y reparación a las víctimas de la dictadura y la transición.

Participamos junto a otras muchas organizaciones memorialistas de todo el estado en el Encuentro por la Memoria, esta es supagina web http://www.encuentroporlamemoria.org/
El objetivo común es conseguir que la Ley de Memoria que se tramitará en el Parlamento sirva para terminar con la impunidad del franquismo, estas son las principales reivindicaciones:
En primer lugar, entendemos que es insuficiente el avance que representa este anteproyecto de ley, pues debería incluir la declaración de nulidad de uno de los pilares fundamentales de la impunidad del franquismo: la Ley de Amnistía de 1977, o al menos, de aquellos apartados (artículo 2, apartados e y f) que impiden investigar los crímenes del franquismo, y por tanto, el acceso a la justicia.
Consideramos insuficiente la condena del franquismo dado que no se hace en los términos declarados en las Resoluciones de las Naciones Unidas adoptadas por la Asamblea General de la ONU el 9 de febrero y el 12 de diciembre de 1946.
En cuanto al período que abarca la Ley, se considera que debe llegar al menos hasta 1983 y en los casos de bebés robados, la fecha debería abarcar, al menos, hasta 1999.
Sobre definición de Víctimas, no quedan incluidos (o se hace de manera excesivamente genérica) todos los colectivos afectados por las diferentes formas de represión franquista, lo que implica el no reconocimiento de su Derecho a la Verdad, la Justicia y la Reparación, tal y como prescribe el Derecho internacional de los Derechos Humanos.
Asimismo, hay que mejorar y ampliar la redacción del articulado sobre algo tan importante como las víctimas del robo de bebés. Es necesario incluir la variedad de motivos que generaron ese crimen, durante la dictadura y la transición, perpetrado por entidades o personas vinculadas a las instituciones del Estado.
No podemos conformarnos con declarar las sentencias represivas como “nulas e ilegítimas”, tal y como recoge el Anteproyecto, porque esa definición no tiene validez jurídica alguna.
Propugnamos que tanto las sentencias como los tribunales y toda la legislación represiva del franquismo se declaren ilegales y nulos.
El Anteproyecto no garantiza la Tutela Judicial Efectiva en la localización y exhumación de las fosas comunes del franquismo, aunque sí es un avance que el Estado español asuma su responsabilidad directa en la recuperación e identificación de las víctimas.
De igual modo, enuncia la necesidad de investigar los crímenes franquistas, pero en ningún modo garantiza su persecución penal. No hay en este capítulo ningún avance con respecto a la Ley de Memoria 52/2007, quedando por tanto cercenado el Derecho a la Justicia para las víctimas del franquismo. Por ello, es fundamental crear una fiscalía especializada para la investigación y persecución penal de los crímenes del franquismo y la transición.
El Anteproyecto no reconoce la responsabilidad patrimonial del Estado, ni de instituciones, organizaciones, entidades y particulares, que se han beneficiado del expolio franquista y de los trabajos forzados.
El Anteproyecto no garantiza la apertura y libre acceso a todos los archivos públicos y privados sobre la represión franquista. Tampoco se compromete con la desclasificación y catalogación de todos los documentos contenidos en los mismos. Por tanto, no asegura el acceso a la información, ni el derecho de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación.